domingo, 18 de octubre de 2009

Estafas en venta de pisos.


Como podemos leer en "La voz digital" ,Luis Manuel G. R. y de Ana S. G. su pareja sentimental fueron detenidos tras dejar un reguero de denuncias.
El juez ha dictado prisión bajo fianza por un posible delito continuado de estafa mediante ventas inmobiliarias fraudulentas. Además, se investiga la posible obtención, por parte de la pareja, de créditos hipotecarios logrados con datos falsos.

Los acusados ofrecían casas en el centro de Cádiz, las anunciaban en internet y a cambio de la reserva de la vivienda pedían una señal (de entre 3.000 y 18.000 euros) muy rápidamente, «porque el primero que la diera se quedaba la casa». Una vez obtenida la señal nada más se sabia de ellos.

Como manda el código civil en su art. 1445, por el contrato de compra y venta uno de las partes es obligada a entregar una cosa determinada y la otra parte a pagar por ella un precio determinado anteriormente. Y como podemos ver en el art. 1450, la venta se perfeccionará entre comprador y vendedor, y será obligatoria para ambos, si hubieren convenido en la cosa objeto del contrato, y en el precio, aunque ni la una ni el otro se hayan entregado, como es el caso que nos ocupa de las estafas en Cádiz.
Y como dice el art. 1461 el vendedor esta obligado a la entrega y saneamiento de la cosa objeto de la venta.
Además. los detenidos han cometido un delito de estafa, por lo que como marca el Código Penal en su art. 248 y 249. Para la fijación de la pena se tendrá en cuenta el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre éste y el defraudador, los medios empleados por éste y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la infracción.

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