
Según dice el Código Civil en los artículos correspondientes en sus capítulos I y II de su título XVIII, no se puede tener la posesión por la fuerza, hay que poseerlas con buena fe y éste no es el caso ya que los inquilinos tienen puestas denuncias por no pagar y se les ha pedido el abandono de dicha casona pero en ningún momento han hecho caso. En mi opinión, se debería desalojar dicha casona de los ocupantes y devolvérsela a su propietaria, o en su defecto a su hija y ésta ocuparse cuanto antes de los desperfectos ocasionados en la casona, que pone en peligro la vida de los viandantes y de los propios inquilinos y también afecta a los propietarios de los negocios que han tenido que cerrar su único sustento y arreglarselas como han podido.
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